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MOVILIDAD INTERNACIONAL

Residencia de teletrabajadores de carácter internacional (Nómada Digital)

¿Qué es un teletrabajador de carácter internacional?

Es un trabajador autorizado a permanecer en España para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.

¿Quién puede obtener una autorización como teletrabajador de carácter internacional?

Un nacional de un tercer estado, mayor de edad. (No aplica a ciudadanos de la Unión Europea ni a aquellos a los que se aplica el derecho de la Unión Europea)

¿Pueden los familiares obtener una autorización/visado?

Sí, el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los hijos menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente del titular, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar y los ascendientes a cargo, que se reúnan o acompañen a los extranjeros pueden solicitar, conjunta y simultánea o sucesivamente, la autorización y, en su caso, el visado.

¿Se deben acreditar recursos económicos mínimos (medios de vida)?

Titulares de los visados y autorizaciones de residencia: cantidad que represente mensualmente el 200% del SMI.

Unidades familiares que incluyan dos personas contando a la persona titular y a la persona reagrupada: al menos el 75% del SMI. Se requerirá un 25% del SMI por cada miembro adicional a las dos personas mencionadas.

Estas cantidades se pueden acreditar, entre otros, con el contrato, nóminas, certificado de la empresa que desplaza, etc.

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Visado de residencia para inversores (Golden visa)

¿Puedo conseguir la residencia en España si compro una vivienda?

Sí, los extranjeros no residentes que se propongan entrar en territorio español con el fin de realizar una adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante podrán solicitar el visado de estancia, o en su caso, de residencia para inversores que tendrá una duración de un año. El visado permitirá residir y trabajar en España.

También puedes solicitar esta residencia estando en España (turista, estancia, o con cualquier permiso de residencia), la duración de la autorización inicial será de tres años.

¿Pueden los familiares obtener una autorización/visado?

Sí, el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los hijos menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente del titular, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar y los ascendientes a cargo, que se reúnan o acompañen a los extranjeros pueden solicitar, conjunta y simultánea o sucesivamente, la autorización y, en su caso, el visado.

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Residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC)

¿Quiénes pueden solicitar una autorización de residencia PAC?

Podrán solicitar una autorización de residencia para profesionales altamente cualificados, las empresas que requieran la incorporación en territorio español de profesionales extranjeros, graduados o posgraduados de universidades y escuelas de negocios de reconocido prestigio, titulados de formación profesional de grado superior, o especialistas con una experiencia profesional de un nivel comparable de al menos 3 años.

La autorización de residencia para profesionales altamente cualificados será de tres años o igual a la duración del contrato, en caso de ser esta inferior. Una vez cumplido dicho plazo podrá solicitar la renovación de la autorización de residencia por dos años, pudiendo obtener la residencia permanente a los cinco años.

¿Pueden los familiares obtener una autorización/visado?

Sí, el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los hijos menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente del titular, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar y los ascendientes a cargo, que se reúnan o acompañen a los extranjeros pueden solicitar, conjunta y simultánea o sucesivamente, la autorización y, en su caso, el visado.

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